Welcome everybody

If you long for life, culture and especially the truth, I must let you into a secret; you need to look no further because you have found me, Alberto!
I can't promise you won't still be hungry and thirsty, but we can have some fun times together and it will give you something to remember.
Then tomorrow and beyond, you can reflect on what it is like to have a joyful day that in turn leads to a joyful heart.

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domingo, 23 de enero de 2011

OBJECIÓN DE CONCIENCIA SANITARIA

En la entrada del día 12 de enero informaba de un Seminario sobre la Objeción de conciencia sanitaria, a celebrar en Santander. Nuestro querido corresponsal en Cantabria, el doctor Angel Sancho, ha tenido la tentileza de enviarnos un sucinto resumen del mismo.

1. La ley, recientemente aprobada en España, bajo el título “Ley sobre salud sexual y reproductiva y de la  I.V.E.” es una ley inmoral, poco jurídica y anti-constitucional. Es inmoral porque la conciencia, bien formada, impide acabar con un ser humano en cualquier fase de su desarrollo. Es poco jurídica porque está basada en un concepto jurídico falso, como es “el derecho al aborto”. Existe derecho a la vida, pero no derecho al aborto. Es anticonstitucional porque la Constitución Española afirma que “todos tienen derecho a la vida” y además, en una sentencia de 1985 reconoce en el feto “una entidad existencialmente distinta de la madre y del padre”.

2. Con respecto a  la llamada píldora del día después (PDP), que tiene entre sus efectos el de ser antiimplantatoria, es decir que, si ha habido fecundación, tiene una acción abortiva. Resulta una aberración que la nueva ley permita su adquisición sin necesitar receta médica (cuando, por ejemplo, adquirir Ibuprofeno -un antinflamatorio-  la precisa…). Además, se comete otro acto de irresponsabilidad, al escribir en el prospecto de la PDD la información de que carece de efectos secundarios. Por último, la Administración presiona también a las farmacias  a incluirla entre la lista obligatoria de fármacos (que no medicamentos) que toda farmacia debe tener.

3. Con respecto a la objeción de conciencia sanitaria a participar en la realización del aborto y de la dispensación de la PDD:
a) El camino más razonable y más eficaz para llevar a cabo la objeción  es intentar ponerse de acuerdo con los jefes del servicio y/o del hospital, o del Centro de Salud o de la Farmacia: “yo no puedo, por mi conciencia, colaborar al aborto o a la dispensación de la PDD”. Otros lo harán pero yo no. La experiencia, que los diversos profesionales manifestaron en la Jornada, es muy positiva: los jefes lo comprenden (máxime porque se trata de profesionales que son muy competentes y trabajadores, a los que no asusta la plena dedicación a su tarea profesional).
Y no sirve autojustificarse diciendo “si yo no lo hago otro lo hará”, ya que la conciencia personal no debe nunca ser violentada. Teóricamente, todos tenemos la misma conciencia  pero, como necesita estar bien formada –según unos principios éticos básicos-, no todo el mundo valora bien la defensa de la vida humana desde la concepción.

b) El profesor López Guzmán, auténtico experto mundial en la PDD, tanto desde el punto de vista farmacológico como bioético, considera como uno de los objetivos más inmediatos para el cambio de esta ley es que la PDD tenga que volver a dispensarse con receta médica.

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