Hace unos meses escribí una entrada sobre el caso Haidar. Un caso en el que se manifiesta un conflicto de intereses: el derecho de autonomía del paciente y el deber de los médicos por mantenr una vida humana. Entre los comentarios, dos personas qeu discrepan de la solución que apuntaba yo. Por ellos y por todos mis lectores añado esta entrada, con un artículo publicado en ABC del jurista Andrés de la Oliva. Creo que lo único que puedo hacer es rectificar.
Un análisis jurídico sobre el "deber" de dejar morir a una persona en huelga de hambre
Los portavoces de varias asociaciones judiciales y la Organización Médica Colegial (OMC) afirman que la alimentación forzosa de Aminatu Haidar no es posible a causa de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, «básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica». Según la prensa, la OMC ha llegado a afirmar que sería delictivo salvar la vida de Haidar contra su voluntad. Pienso que esos magistrados y médicos cometen un grave error, compartido, al parecer, por el Juez competente. Y, con urgencia, explico mi criterio. Aquí tienes el artículo completo.
Y aquí el final: Nunca, en nombre del Derecho, que tiene entrañas de razón y de humanidad, aceptaré la degradación de la libertad y de la dignidad que supone la omisión de ayuda, administrativa, médica y judicial, para evitar la muerte. Todos, de sernos posible, y sin necesidad de «consentimiento informado», debemos salvar la vida de la persona que está por arrojarse al vacío desde un puente. No hay «testamento vital» que valga ante una situación como ésa. La libertad de una persona puede incluir, sí, el propio aniquilamiento, pero cuando llega a ese extremo, deja de merecer respeto absoluto y no prevalece sobre los deberes de otras personas.
1 comentario:
Amigo Albert:
Me alegra que estemos de acuerdo, y enhorabuena por tu blog.
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