Las autoridades sanitarias a cargo de la enferma rechazaron sus argumentos. El magistrado explicó que “el factor que aporta peso sustancial” a su veredicto es la preservación de la vida, y añadió que “aunque no es una norma absoluta, la ley contempla la preservación de la vida como un principio fundamental”, ha subrayado.
Algunos piensan que debería haberse aplicado una limitación del esfuerzo terapeútico. Pienso que conviene aclarar este concepto. Por Limitación del Esfuerzo Terapéutico (LET) se entiende la decisión prudencial de restringir o cancelar algún tipo de medidas cuando se percibe una desproporción entre los fines y los medios del tratamiento, con el objetivo de no caer en la obstinación terapéutica. La justificación ética se basa en tres condiciones que sólo competen al Médico. Esas tres condiciones son:
1. El proceso de la enfermedad está en fase terminal.
2. No existe ninguna medida terapéutica con esperanza de éxito.
2. No existe ninguna medida terapéutica con esperanza de éxito.
3. Un nuevo intento podría tener efectos secundarios dañinos o reducir la calidad de vida del paciente.
Como recogía el Código de Ética y Deontología Médica del Consejo de Colegios Médicos anterior, en su artículo 27.2: «El médico no deberá emprender o continuar
acciones diagnósticas o terapéuticas sin esperanza, inútiles u obstinadas. Ha de tener en cuenta la voluntad explícita del paciente a rechazar el tratamiento para prolongar su vida y a morir con dignidad».
acciones diagnósticas o terapéuticas sin esperanza, inútiles u obstinadas. Ha de tener en cuenta la voluntad explícita del paciente a rechazar el tratamiento para prolongar su vida y a morir con dignidad».
Está claro que la limitación del esfuerzo terapéutico es una medida equilibrada, que evita ciertos excesos médicos, justo en el centro de dos opciones equivocadas que van en contra de la dignidad de la persona: el encarnizamiento terapéutico y la eutanasia.
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