Comenzamos en año con horas bajas, según las encuestas, para el Ministro de Educación Wert. En algunos ambientes catalanes, incluso próximos al Partido Popular, no es bien visto.
Pero yo me quedo con el Proyecto de Ley de Educación. A veces, cuando entro en clase, no sé porqué razón me viene a la cabeza el siguiente palíndromo: Son mulas o los alumnos? Luego, observo que se trata de simples metazoos necesitados de cariño.
Pero ya en serio, me quedo con el apartado 3 del artículo 84 de la LOMCE:
“3. En ningún caso habrá discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
No constituye discriminación la admisión de alumnos o la organización de la enseñanza diferenciada por sexos, siempre que la enseñanza que impartan se desarrolle conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Convención relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza, aprobada por la Conferencia General de la UNESCO el 14 de diciembre de 1960. En ningún caso, la elección de la educación diferenciada por sexos podrá implicar para las familias, alumnos y centros correspondientes un trato menos favorable ni una desventaja a la hora de suscribir conciertos con las Administraciones educativas o en cualquier otro aspecto.”
Los padres tienen derecho a decidir. Y el Estado tiene el deber de suplir, no de suplantar, a los padres.
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